A Fondo Jalisco
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Gabriel Torres Espinoza

¿Dónde se debería presentar la 3 de 3?

Opinión

De acuerdo con una investigación de Mural, solo 7 de los 38 diputados de la XLII Legislatura del Congreso del Estado de Jalisco, decidieron que sus declaraciones patrimonial, fiscal y de interés (Ley 3 de 3), sean públicas. Mural documentó que sólo el 18 por ciento de los diputados que entraron en funciones el 1° de noviembre presentaron sus declaraciones en el portal el Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO). Entre los legisladores locales que no la han presentado, se encuentran 12 de MC; 8 de Acción Nacional; seis de Morena; tres del PRI; uno del PT y uno del PVEM. No obstante, se advierte que presentar la declaración 3 de 3, efectivamente no es del todo obligatorio. En todo caso quienes lo hacen es debido a una convocatoria del IMCO y siempre que muestren una voluntad expresa. De igual forma, refiere Mural, el portal de Transparencia del Legislativo advierte que sólo la declaración patrimonial se hará pública, si así lo autoriza el servidor público.
Efectivamente, el artículo 92 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, en su párrafo segundo, señala que “Los servidores públicos a que se refiere el presente artículo estarán obligados a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses y en su caso, la constancia de presentación de su declaración fiscal, ante las autoridades competentes y en los términos que establezca la ley”.
Hacer pública una declaración respecto a la no existencia de conflicto de interés, resulta muy útil. No son pocos los casos de funcionarios que acusan un abierto conflicto de interés, al ser parte o estar ligados por intereses, a empresas o instituciones que permiten, luego, un tráfico de influencias o determinan contratos o servicios donde existe manifiesto interés personal.
La presentación de la declaración patrimonial, fiscal y de intereses, se debería de realizar ante una autoridad competente, que fiscalice lo que se declara y luego verifique con autoridad que no existió enriquecimiento ilícito. Para que estas declaraciones sean realmente útiles, es preciso presentarlas ante un organismo competente [Contraloría o Auditoría], no ante un organismo empresarial u ONG, como el IMCO, que no tiene atribuciones para fiscalizar, mucho menos sancionar…
gabtorre@hotmail.com

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