Ya es el colmo. la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), impuso multas millonarias a las empresas (IMPROMED-INTERMET) del llamado cartel de la sangre, compañías consentidas del gobierno de Jalisco a quien le han asignado compras con sumas importantes y que son propiedad de José Fernando Chein, que a su vez es amigo personal y eventual socio del tal Hugo Luna Vázquez, Jefe de Gabinete del gobierno de Enrique Alfaro Ramírez.
José Fernando Chein y Guillermo Alberto Hermosillo, -este último funge como director general de dichos laboratorios de análisis clínicos- fueron también sancionados con fuertes cantidades de dinero por prácticas monopólicas absolutas, tras la denuncia que hizo el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Issste, según documentos del resolutivo que emitió la misma Cofece, de los cuáles obra una copia en poder de Afondo.
Llaman la atención las resoluciones 5,6 y 7 del documento en mención, donde se pide que se ordene dar vista a la Secretaría de la Función Pública; IMSS e ISSSTE, todas ellas, infracciones al Art. 53 de la Ley de Competencia y que a la letra dice:
“Artículo 53 de la Ley de Competencia Económica
“IV. Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos, subastas o almonedas, y
V. Intercambiar información con alguno de los objetos o efectos a que se refieren las anteriores Fracciones”.(sic).
6.- Impromed.- Infracción Art. 53 fracciones IV y V de la LFCE.
1.- Se les multa con el 10% de su ingreso total del año 2015, ya que su acto se considera “grave”, las multas más altas fueron para las personas morales, las penas fueron alrededor de 100 millones de pesos, a excepción de Viltalmex, que fueron de menos de 10 millones de pesos, las personas físicas las multas oscilaron entre 1 a 2 millones de pesos.
2.- Se gira la resolución a la Secretaría de la Función Pública, IMSS y al ISSSTE, para que ellos hagan las sanciones correspondientes mediante su órgano sancionador.
3.- Pueden solicitar una reconsideración ante la misma COFECE, en un término de 30 días, la cual deben de realizar, ya que si no lo hacen no pueden acudir al Poder Judicial al juicio de nulidad.
4.- COFECE solo puede en este caso hacer la sanción monetaria, ya la Función Pública, IMSS o ISSSTE pudiesen sancionar bajo sus mismas resoluciones una vez que sea firme este Laudo.
Es importante señalar que el objetivo de la condena no es sancionar a los agentes económicos, sino proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, pero sí existe la pena de que siguieran con las prácticas monopólicas sancionar la disolución de la empresa.
Bien pues detrás de todo esto, en el caso de Jalisco, quien ha alentado las compras a estas empresas monopólicas como lo menciona la resolución es el tal Hugo Luna Vázquez, que en entregas pasadas hemos señalado que protege a las empresas sancionadas. Decir que las sanciones son federales, y no estatales, es tratar de vernos la cara otra vez y ya no. En Jalisco el que ordena qué se compra y qué no, no puede ser otro, no es otro, que el tal Hugo Luna Vázquez.
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