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Rompe nervios Carlos Lomelí hasta a Ismael del Toro:

Como va:

El discurso de Andrés Manuel López Obrador, presidente electo y presidente de México de facto, ha hecho sobreactuar a muchos políticos pero cuando los coordinadores estatales designados por AMLO ponen un pie en las entidades a las que fueron enviados, asustan o rompen nervios de algunos y ese parece ser el caso del presidente electo de Guadalajara, Ismael del Toro, quien sigue metido en la lógica de la confrontación cuando la campaña electoral ya terminó y es un gobernante electo.

Hoy martes 21 de agosto, el diario Crónica de Jalisco publica a 8 columnas unas declaraciones de Ismael que hablan de dos cosas al menos: la primera, del seguimiento puntual que hace de sus dichos y de sus acciones, al doctor Carlos Lomelí Bolaños, delegado estatal de esos programas federales en Jalisco. Ya lo notó de perfil bajo, como si eso fuese estar muerto o débil. Y segunda, que está tan nervioso que se le olvidaron las bases constitucionales sobre Federación-Estados y Municipios.

Leamos parte de lo que el nervioso presidente electo dijo: “La figura de coordinador de delegados en las 32 entidades federativas, no existe en la ley, por lo tanto, como Ayuntamiento de Guadalajara (sic) “haré las gestiones presupuestales ante la federación” de forma directa (sic), advirtió el alcalde electo de la capital de Jalisco, Ismael del Toro Castro.

“Ante la postura de Carlos Lomelí Bolaños, ex candidato a gobernador de Morena, quien anunció que los asuntos de gestión de proyectos con la federación tendría que hacerse por su conducto, ya que Andrés Manuel López Obrador no los atendería, del Toro explicó que él gestionará el gasto federal para 2018 como se ha hecho hasta ahora, en cada una de las secretarías o con el presidente de la República.

“Voy a cumplir la ley. Los procedimientos están establecidos en las normas. Los ayuntamientos hacen una gestión presupuestal que tiene ya establecidas reglas de operación, que tiene claridad, que tiene formas de fiscalización y en ninguna de las leyes existe la figura de un ‘delegado’. Vamos a cumplir con la ley y vamos a hacer un trabajo de gestión”, indicó”.

Bueno, según la Constitución de México, los artículos 115 y 116, no hay relación formal alguna entre la Federación y los Municipios. Incluso la Ley de Coordinación Fiscal lo establece claramente: La federación entrega a los Estados que le dieron vida, las participaciones del Estado y de sus municipios, para que los estados, se los depositen a los municipios. Esto, porque la Federación no tiene vínculos con municipios. Hay un intermediario de ley, que quizá no debiera existir, pero existe.

Por tanto, son cortesía de la Federación las audiencias que concede a presidentes municipales para que les traten sus necesidades. Los Municipios se entienden libremente con el Gobernador y el Gobernador con el Presidente.

Y Andrés Manuel ya dijo que no está creando nada -puede hacerlo-. El caso es que faltan 3 meses y 10 días de agosto para que de verdad López Obrador inicie su gestión y establezca sus figuras en las entidades porque es el jefe de la administración pública federal.

Enrique Alfaro, que es gobernador, sí puede reclamar trato directo. Ningún alcalde lo puede hacer y con todo respeto, Ismael del Toro, todavía no es el gobernador de Jalisco.

P.D: Esto dice la Constitución: 

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:

Párrafo reformado DOF 10-02-2014

  1.          Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

Párrafo reformado DOF 23-12-1999

 116

VII.      La Federación y los Estados, en los términos de ley, podrán convenir la asunción por parte de éstos del ejercicio de sus funciones, la ejecución y operación de obras y la prestación de servicios públicos, cuando el desarrollo económico y social lo haga necesario.

Los Estados estarán facultados para celebrar esos convenios con sus Municipios, a efecto de que éstos asuman la prestación de los servicios o la atención de las funciones a las que se refiere el párrafo anterior.

@ivangarme

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