Horacio Villaseñor Manzanedo
En 2009, hace 14 años, recibí vía celular una llamada del Centro de Estudios Estratégicos para el Desarrollo (CEED) de la Universidad de Guadalajara, me dijeron que el licenciado Raúl Padilla quería platicar conmigo, que si podían agendarme una cita con él. No tenía el gusto de conocerlo, pero acepté la invitación y unos días después acudí al CEED, fui recibido muy cordialmente por la gente que allí trabaja y guiado puntualmente, a una salita contigua a la sala de juntas de esa dependencia universitaria, inmediatamente él llegó. “Buenas tardes Horacio”, dijo, y agregó “me dicen que estas impartiendo en la Universidad Panamericana (UP), en la Maestría de Construcción, la clase de Aspectos Legales de la Obra Pública, por lo que me gustaría consultarte algo”, continuó, “La Universidad de Guadalajara y el Fideicomiso del Centro Cultural Universitario (CCU) deseamos lanzar una convocatoria para encontrar quién haga el proyecto arquitectónico del Conjunto de Artes Escénicas del CCU de la UdG, la idea es que a través de un concurso de proyecto conceptual, se seleccione a quién desarrolle el arquitectónico, y me gustaría oír tu opinión al respecto, en el entendido de que en el reglamento universitario correspondiente, existe la disposición de que de acuerdo al monto estimado para la realización del proyecto arquitectónico se debe utilizar la figura de adjudicación vía invitación restringida a cuando menos seis interesados”. Le expliqué que la selección por montos, aunque legal era indebida y además no conveniente para encontrar al mejor proyectista y la mejor propuesta, que “desde el siglo XVI, en tiempos de Felipe II (1556-1598) ya se usaba en España la enajenación bajo la figura jurídica de pública subasta, que la primera licitación pública en forma en México fue en 1767, en la época del Virrey Carlos Francisco Croix (1766-1771), con la ejecución de la obra pública del desagüe de la Ciudad de México, debido al problema de las inundaciones que sufría la capital novohispana por las constantes lluvias, principal preocupación en esa época (Lucero Espinoza, 2008)”, que todo esto era para evitar beneficiar a alguien o beneficiarse, que en texto original de la Constitución de 1917 ya se observaba que los contratos que el gobierno tenga que celebrar para la ejecución de obras públicas, deben ser adjudicados en subasta, mediante convocatoria, para que presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que sería abierto en junta pública, y que fue hasta 1982, cuando se reforma el Artículo 134 de la Constitución, sin modificar el espíritu original, todo para evitar la discrecionalidad y lograr la mejor contratación, por tratarse de recursos públicos, aparece la obligatoriedad de licitar todo por regla general y que la decisión por montos solo debería aplicarse excepcionalmente. Continué explicándole que, en el mejor de los casos, por ignorancia, las y los diputados y regidores locales habían distorsionado las normas secundarias y que se volvió común adjudicar contratos de acuerdo con sus montos, contrario a lo dispuesto en la carta magna e inconveniente para poder contratar al mejor para todos, para la sociedad, abriendo la puerta, eventualmente, para posibilitar que el contratante se beneficie. Le manifesté que, en mi opinión, las normas locales están mal hechas, pero son legales, porque fueron aprobadas y nadie ha tramitado su inconstitucionalidad. Que, aun así, el CCU podría hacer lo que debe hacerse y que nadie, ningún “gobernante”, nunca ha hecho, interpretar la norma adecuadamente y utilizar la modalidad de invitación restringida a cuando menos unos cuantos, para invitar a todos los arquitectos mexicanos, pudiendo legalmente invitar solo a seis. Así, entre más participaran, se encontraría al mejor de muchos, no solo de seis. Me dijo, “entonces ¿no es una licitación pública?”, respondí, no, esa sería la virtud, la universidad, pudiendo legalmente invitar a los seis que quiera, quiere invitar a todos los que puedan y deseen participar, todos podrán observar el proceso y eventualmente impugnarlo si se hace mal, pero la universidad encontrará al mejor de todos los que participen, y así se hizo. Recuerdo que se inscribieron alrededor de cien empresas y la que ganó fue, seleccionada por un jurado integrado por destacados especialistas internacionales incluido un juez propuesto por las empresas participantes y allí está el resultado, el Conjunto Santander de Artes Escénicas. A partir de allí, el CEED me siguió consultando. Así conocí a Raúl Padilla López y fue un verdadero gusto, que en paz descanse.
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